SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

III.8.1. Sobre la providencia de 14 de septiembre de 2010, emitida por la Jueza Segunda de Trabajo y Seguridad Social

                   Antes de efectuar el análisis de la problemática planteada, es necesario partir del pronunciamiento de la providencia de 14 de septiembre de 2010, efectuada por Lourdes Núñez Flores, Jueza Segunda de Trabajo y Seguridad Social, que ante la solicitud de arraigo del representante de la empresa ejecutada determinó: “No ha lugar a lo solicitado por no estar establecido dentro de las medidas precautorias establecidas por el Art. 156 del Código Procedimiento Civil”.