DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Artículo 23. (Prohibiciones)

I.   Las Concejalas, los Concejales, la Alcaldesa o el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tacopaya no podrán celebrar ningún tipo de contrato con el Gobierno Autónomo Municipal de Tacopaya, por sí o por intermedio de otra persona.  Esta prohibición se hace extensible  a sus cónyuges y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.