DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Artículo 99. (Régimen de Minoría)

II. El derecho político de los pueblos indígena, originario campesinos minoritarios,  que pudieran conformar un Distrito Municipal Indígena Originario Campesino, será ejercido conforme a la Constitución Política del Estado, las leyes y la presente carta orgánica,  en uso de sus normas y procedimientos propios, pudiendo elegir a sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa  a través de sus normas y procedimientos propios”.

II.  El derecho político de los pueblos indígena, originario campesinos minoritarios,  que pudieran conformar un Distrito Municipal Indígena Originario Campesino, será ejercido conforme a la Constitución Política del Estado, las leyes y la presente carta orgánica,  en uso de sus normas y procedimientos propios, pudiendo elegir a sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa  a través de sus normas y procedimientos propios.