SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2014

Fecha: 12-Feb-2014

en el marco de la interpretación señalada anteriormente

De igual manera, en el marco de la interpretación señalada anteriormente, corresponde declarar la inconstitucionalidad, por conexitud, de la frase “ni policiales” contenida en el inc. h) del art. 19.1.1.1.h) del Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial, pues dicha norma establece como requisitos para los programas de formación o pregrado “No tener antecedentes penales ni policiales” (las negrillas son añadidas).