SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2014

Fecha: 12-Feb-2014

i)

El accionante en su calidad de Defensor del Pueblo considera que, en el Reglamento para la Convocatoria, Selección y Admisión de Postulantes a las Unidades Académicas de Pregrado, de la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre” y el Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial, los requisitos que a continuación se detallan, vulneran la Constitución Política del Estado: i) Contar con una estatura mínima de 1,70 m para varones y 1,60 m para mujeres; ii) Ser soltero y no tener descendientes, aspecto que debe estar debidamente acreditado con el respectivo certificado de libertad de estado, emitido por el Órgano Electoral Plurinacional; iii) No tener tatuajes, marcas o señales adquiridas en lugares visibles; iv) La necesidad de presentar “antecedentes policiales” de los padres del postulante, relacionados con ilícitos contemplados en las respectivas normas; v) Presentar “antecedentes policiales” del postulante; y, vi) La vulneración del principio de reserva legal, al entender que dichos aspectos no fueron regulados mediante ley formal.