SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2014

Fecha: 10-Mar-2014

1)

Ericka Barboza Rivero, demandada en la presente acción tutelar, presentó el informe escrito, cursante de fs. 122 a 126 vta., solicitando su rechazo in límine, en base a las siguientes consideraciones: 1) La demanda tutelar carece de argumentos de contenido jurídico para proceder a la petición del accionante, no habiéndose determinado la relación fáctica y su vinculación con los derechos transgredidos, limitándose la garantía constitucional a efectuar una relación de hechos que no involucran el fondo del asunto; 2) El accionante, circunscribió su acción de defensa a la cita de artículos presuntamente transgredidos, sin constar la congruencia respectiva entre los hechos que justifiquen el petitorio y los derechos supuestamente restringidos, careciendo en consecuencia, de la relación de causalidad necesaria para ingresar al estudio de fondo de la problemática planteada; 3) La acción de amparo constitucional presentada no cumplió los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 77 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); así, no se observó el cumplimiento de requisitos de forma, al no acompañar el impetrante de tutela la prueba suficiente que acredite su derecho propietario, adjuntando únicamente documentación inidónea para acreditar debidamente la legitimidad de este derecho, resultando, por ende, el petitorio inexistente, ambiguo e impreciso; 4) En ese sentido -añadió que-, es claro que el accionante, debió acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho; aspecto demostrado solo con el registro de propiedad en mérito al cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros; y, 5) Contrariamente a ello, el accionante no acreditó en momento alguno su derecho de propiedad sobre el predio “Saudita”, presentando más bien un plano catastral otorgado por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), que evidencia su derecho sobre el mismo.