SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2014
Fecha: 10-Mar-2014
II.10.
II.10. En las declaraciones de los testigos propuestos por el demandante, hoy accionante, se indica que éste, conjuntamente su esposa, son poseedores del predio “Saudita” desde el año 1992, en el que se dedicaron a la ganadería y a la agricultura, colaborándose entre vecinos en dichas actividades, cumpliendo la función económica social pertinente (fs. 347 a 352 vta.). De la audiencia de 5 de octubre de 2010, en la que consta el desarrollo de la inspección judicial del predio citado, se advierte que se evidenció la construcción de una vivienda rústica, galpones, potreros, plantaciones de árboles, y la crianza de ganado vacuno, porcino, caballar, así como de aves de corral, por parte de Edgar Tineo Sikujara y su cónyuge (fs. 353 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- Fragmento 7
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 22
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 24
- realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales.
- 'a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- Fragmento 27
- III.3. De la vulneración del “vivir bien” en casos de medidas de hecho y su conexitud con el derecho al trabajo
- Fragmento 29
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- REVOCAR en parte