SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2014
Fecha: 10-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la propiedad privada -y dentro de ésta a la posesión- y al trabajo, además de los principios de seguridad jurídica y legalidad, aduciendo que el 28 de junio de 2013, los demandados, avasallaron su propiedad ganadera denominada “Saudita”, a la que ingresó conjuntamente su esposa hace más de “diez” años y posteriormente adquirieron como producto de su trabajo después de migrar a Japón. Predio en el que además, introdujeron mejoras, convirtiéndolo de un lugar inhabitable, en tierra donde construyeron casas, corrales, cultivo de pastos, plantas frutales y en la que se ocupan de la cría de ganado. Agrega que, el ingreso a su predio se produjo de manera violenta, incluso con armas de fuego, sin respetar su posesión ni su derecho propietario, ni considerar que desarrollaba una función económica social, restringiéndole en consecuencia, también su derecho al trabajo, que obtenía para sí y su familia los medios necesarios para subsistir, impidiendo la entrada de sus animales con riesgo incluso de su muerte; vías de hecho que merecen una tutela inmediata por el daño irreparable e irremediable que podría ocasionarse. En consecuencia, compele en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- Fragmento 7
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 22
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 24
- realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales.
- 'a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- Fragmento 27
- III.3. De la vulneración del “vivir bien” en casos de medidas de hecho y su conexitud con el derecho al trabajo
- Fragmento 29
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- REVOCAR en parte