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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2015-S2

    Fecha: 12-Nov-2015

    1.

    1.   Respecto a la factura 395 emitida por LESMAC SRL de 1 de agosto de 2008 por la suma de Bs95 154.- (noventa y cinco mil ciento cincuenta y cuatro bolivianos), expresó el accionante que su cancelación fue tramitada y aprobada el 3 de septiembre de 2008, motivo por el cual fue depurada al no corresponder al periodo fiscal concerniente a agosto de 2008.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1616
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La jurisdicción constitucional respecto a la v
    • la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
    • III.2.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • i)
    • ii)
    • iii)
    • iv)
    • CONFIRMAR en todo

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