SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2015-S2

Fecha: 12-Nov-2015

iii)

iii)  En lo que respecta a la factura 1616 emitida el 13 de agosto de 2008, por “HORUS LTDA”, por la suma de Bs42 068,01.- que señala el pago por la construcción de laboratorio   físico-químico, los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia,  establecieron que, de conformidad a lo previsto por el Estatuto de la Sociedad, respecto a los objetivos de la misma sobre “Instalación de plantas metalúrgicas, ingenios de tratamiento y beneficio de materiales, instalación de laboratorios de análisis metalúrgico así como la obtención de las autorizaciones para la instalación de plantes de beneficio y fundición” (sic); por lo que resultaba lógico y coherente contar con una infraestructura que permitiera cumplir el objetivo de instalar un laboratorio de análisis metalúrgico para el cumplimiento de los fines de la empresa, actividad que comprendía el acondicionamiento de uno o varios ambientes para cumplir un servicio, concluyendo que “…la valoración y consideración de esta factura para el crédito fiscal y la devolución impositiva, fue realizada conforme a derecho sin lesionar los artículos 8 inc. a) párrafo segundo de la Ley 843 y 8 del DS 21530, al estar vinculada al giro comercial de la empresa, de manera cierta y evidente” (sic).