DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015

Fecha: 16-Dic-2015

(Antes art. 30) Ahora “Artículo 31. PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO

I. Los diferentes procedimientos legislativos, para la elaboración, aprobación, promulgación, proposición, modificación de las Leyes Municipales y demás instrumentos normativos municipales serán definidos mediante Ley Municipal y su reglamento, los mismos que deberán estar de acuerdo a la presente Carta Orgánica Municipal y las competencias establecidas en las normas vigentes.