DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015

Fecha: 16-Dic-2015

de forma compartida entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas

“Al respecto, debe señalarse que el art. 299.I.1 de la CPE, establece que el Régimen electoral departamental y municipal es una competencia que se ejercerá de forma compartida entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.(…) Consiguientemente, en el marco de las competencias compartidas, se constata que el art. 148.II.1 en análisis establece un porcentaje del 15% para la reforma parcial de la Carta Orgánica por iniciativa ciudadana, cuando la legislación básica, a la que debe sujetarse, establece el porcentaje del 30%; de lo que se concluye que la norma en análisis es incompatible con el art. 297.I.4 de la CPE.