DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015

Fecha: 16-Dic-2015

y reglamentos

9. Elaborar y elevar ante el Concejo para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, para su aprobación, dentro de los noventa (90) días de gestión.

Con relación a los numerales 9 y 12, la Declaración Constitucional Plurinacional primaria de referencia, señaló que “…la primera observación referente a los términos ꞌy reglamentosꞌ es incompatible con la Norma Suprema porque de acuerdo al citado artículo es competencia del ejecutivo municipal; con relación a la segunda observación se debe señalar que los planos, si se necesitan ser aprobados por el concejo municipal y, no así los programas y proyectos, ya que el titular de los mismos es el ejecutivo del municipio, por lo cual la frase “aprobados por el concejo” es incompatible con la Ley Fundamental…” (las negrillas pertenecen al texto original).