DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015

Fecha: 16-Dic-2015

contribuciones especiales,

La DCP 0014/2014 sobre el art. 97 (ahora 83) señaló que “…Conforme al mandato constitucional, los gobiernos autónomos municipales tienen competencia exclusiva para la creación y administración de impuestos, tasas, patentes y contribuciones especiales, entendidas como los aportes en dinero, especie o trabajo, dirigidos a realizar obras específicas en beneficio de los mismos aportantes y de las comunidades en que residen; sin embargo, dichas contribuciones especiales no han sido consideradas por el artículo que se analiza como ingreso tributario, por lo que se sugiere su inclusión en el mismo, a efecto de guardar compatibilidad con la Constitución Política del Estado.”