DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015

Fecha: 16-Dic-2015

normativa

La DCP 0014/2014 en relación al art. 23 (ahora 24), declaró la incompatibilidad del parágrafo I en su frase “normativa”, en virtud a que dicha Declaración Constitucional Plurinacional señaló que “…el art. 283 de la CPE, determina que “El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde”. Como se puede evidenciar el término “normativa”, no está dentro de las facultades determinadas por la Norma Suprema…”. (las negrillas es del texto original).

En el nuevo texto del parágrafo I, la frase “normativa” fue suprimida, de acuerdo a los fundamentos esgrimidos. Respecto a la forma de organización del legislativo Municipal, es importante que se tome en cuenta que en el caso de la existencia de NPIOC en el municipio de Morochata, el concejo municipal no solamente debe estar conformado por concejales electos por voto universal, sino también por concejales representantes de las NPIOC, que serán elegidos mediante normas y procedimientos propios, tal cual establece el art. 284.II, concordante con los arts. 11. II.3, 30.II.4, 14 y 18 de la CPE, en el marco de su derecho de participación y libre determinación, considerando la preexistencia