DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“Artículo 14. VIGENCIA DEL DERECHO AUTONÓMICO

         IV. La legislación municipal fundamentada en la Carta Orgánica y otras leyes emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal, tienen prioridad luego de la Constitución Política del Estado en el marco de las 43 competencias exclusivas. En las competencias concurrentes y compartidas la jerarquía normativa se encuentra en segunda instancia respecto de la Ley Nacional.”