SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2015-S1
Fecha: 02-Mar-2015
4) Respecto al desplazamiento del expediente agrario 58349, respecto a la posesión del predio “La Joya”.-
4) Respecto al desplazamiento del expediente agrario 58349, respecto a la posesión del predio “La Joya”.- Es cierto que en anteriores épocas, las dotaciones en su mayoría se realizaron de manera precaria; sin embargo, esos aspectos fueron regularizados a través del presente saneamiento de tierras, y si bien la parte actora compró de buena fe el predio, en una extensión de 81757800 ha conforme fue acreditado; empero, a consecuencia de los trabajos realizados por el INRA y las etapas del saneamiento previstas en el art. 169 del DS 25763, es que pasó a verificar la existencia del trámite agrario y su registro en el INRA, declarando la nulidad del mismo por lo ya detallado, así como producto de la mensura, se consideró la extensión de 5193,2024 ha.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho al debido proceso
- motivación o fundamentación
- Fragmento 15
- III.2. Valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- a) Antecedentes del proceso agrario de dotación.-
- b) De los instrumentos técnicos inversiones y mejoras introducidas en el predio “La Joya”.-
- c) Contradicciones en la carpeta predial.-
- d) Respecto al desplazamiento del expediente agrario 58359 respecto a la posesión del predio “La Joya”.-
- e) La creación de la reserva forestal DS 8660 y el PLUS.-
- 1) Antecedentes de la Resolución Administrativa y antecedentes del proceso agrario de dotación.-
- Sentencia Agraria de 30 de julio de 1992
- 2) De los instrumentos técnicos inversiones y mejoras introducidas en el predio “La Joya”.-
- 3) Contradicciones en la carpeta predial.-
- 4) Respecto al desplazamiento del expediente agrario 58349, respecto a la posesión del predio “La Joya”.-
- 5) Respecto a la creación de la reserva forestal DS 8660 y el PLUS.-
- 6) Observaciones de orden legal a la RA RA-ST 0091/2012 de 9 de noviembre.-
- informe técnico jurídico CGS-SC 021/04
- dos o tres años de antigüedad aproximadamente
- interpretación que sea más favorable