SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2015-S1
Fecha: 02-Mar-2015
III.3. Análisis del caso concreto
En ese estado de cosas, se tiene identificado que el problema jurídico del caso a resolver, gira en torno a la falta de fundamentación y congruencia en la Sentencia Nacional Agroambiental S1a 42/2013 de 27 de noviembre, que resolvió el proceso contencioso administrativo planteado por los accionantes contra la Resolución Administrativa Final de Saneamiento RA-ST 0091/2012 de 9 de noviembre, que declaró las tierras de los accionantes como fiscales en su totalidad, efectuándose una incorrecta valoración de la prueba aportada dentro del proceso de saneamiento, centrando su criterio únicamente en la interpretación que realizó el INRA.
Conforme a ello y a objeto de realizar una correcta argumentación jurídica constitucional, corresponde hacer el análisis de los extremos demandados en el recurso contencioso administrativo para contrastarlos con los fundamentos de la Sentencia Nacional Agroambiental S1a 42/2013, con el objeto de establecer si en efecto se vulneraron los derechos incoados por la accionante, para establecer, según el resultado que se tenga, lo que el caso amerite.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho al debido proceso
- motivación o fundamentación
- Fragmento 15
- III.2. Valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- a) Antecedentes del proceso agrario de dotación.-
- b) De los instrumentos técnicos inversiones y mejoras introducidas en el predio “La Joya”.-
- c) Contradicciones en la carpeta predial.-
- d) Respecto al desplazamiento del expediente agrario 58359 respecto a la posesión del predio “La Joya”.-
- e) La creación de la reserva forestal DS 8660 y el PLUS.-
- 1) Antecedentes de la Resolución Administrativa y antecedentes del proceso agrario de dotación.-
- Sentencia Agraria de 30 de julio de 1992
- 2) De los instrumentos técnicos inversiones y mejoras introducidas en el predio “La Joya”.-
- 3) Contradicciones en la carpeta predial.-
- 4) Respecto al desplazamiento del expediente agrario 58349, respecto a la posesión del predio “La Joya”.-
- 5) Respecto a la creación de la reserva forestal DS 8660 y el PLUS.-
- 6) Observaciones de orden legal a la RA RA-ST 0091/2012 de 9 de noviembre.-
- informe técnico jurídico CGS-SC 021/04
- dos o tres años de antigüedad aproximadamente
- interpretación que sea más favorable