DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Artículo 39.- (Requisitos y elección o designación de los sub-alcaldes):

Los requisitos para la elección de la Sub-alcaldesa o Sub-alcalde están establecidos en el parágrafo I artículo 285 de la Constitución Política del Estado y Artículos 232 al 239 Constitución Política del Estado. Serán designados por el Alcalde o Alcaldesa Municipal, tomando en cuenta las ternas propuestas por las  Organizaciones Sociales del distrito.