DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Parágrafo II del Artículo 89 de la Ley LMAD

De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 38, Parágrafo I del Artículo 302 de la Constitución Política del Estado, Parágrafo IV del Artículo 89 de la Ley LMAD, el gobierno municipal tiene la competencia exclusiva. De los sistemas de micro riego en coordinación con las comunidades campesinas” (las negrillas nos pertenecen).