DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015

Fecha: 08-Jul-2015

numeral 16

Con referencia al numeral 16 antes 15 cabe, mencionar que este Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronuncia sobre un proyecto de norma institucional básica a través de una Declaración; en tal sentido, la entidad territorial autónoma consultante debe modificar, adecuar o suprimir conforme los fundamentos jurídicos que motivaron su incompatibilidad los artículos observados de incompatibles; en consecuencia, el estatuyente no puede aumentar otros artículos o disposiciones al proyecto de norma básica institucional, que fueron sometidos a control previo de constitucionalidad, lo contrario implicaría que se inicie un nuevo proceso, con su respectivo sorteo por tratarse de otro proyecto estatuto o carta orgánica diferente al original, el mismo que se encuentra en proceso; tampoco puede sustituir los artículos analizados y declarados compatibles, que conllevaría igual efecto que las circunstancias arriba descritas; en mérito a lo mencionado, el ahora,       numeral 16 fue declarado compatible puro y simple; sin embargo, se suprimió la frase: “públicos y privados, nacionales o internacionales” aspecto que contraria al carácter obligatorio y vinculante de las declaraciones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional contenido en el art. 203 de la CPE, por consiguiente debe restituirse dicho texto.