DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015

Fecha: 16-Jul-2015

3; 4; 5

Del proyecto de la Carta Orgánica de Villa Serano, fueron declaradas incompatibles en la DCP 0008/2015, los siguientes arts.: 3; 4; 5 frase: “fundamental”; 7.I; 8 frases: “oficiales” del epígrafe y del texto; 9.I; 10 expulsado todo el párrafo y los incs. b, c, d, j, m, n, s, y t; 11; 12 incs. a), c), g), e),i); 13; 14; 15; 16; 17 los términos: “administrativa” e “interna”; 18.I en la frase: “y concurrentes”; 19; 20. I. II las frases: “acusación formal”, “sentencia ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado”, y finalmente se declara la incompatibilidad de todo el artículo referido; 22.I inc. c) en el enunciado, “procediéndose a su suplencia por una Concejala o Concejal elegido por el Concejo Municipal hasta la elección y posesión de la nueva autoridad mediante convocatoria siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de su mandato, si en el caso hubiere transcurrido, la o el suplente concluirá el periodo de mandato”, y II inc. a); 23.I; 27.I inc. f) la frase: “ordenanzas”, inc. i) frase: “los estados financieros”, III. Incs. b), g), h) en el término: “ordenanzas”, y e); 29 incs. a) la frase: “ordenanzas”, f), g) en las frases: “o directamente por el Concejo Municipal), i) en las frases: “y ejecución presupuestaria” y “así como los estados financieros”, k) y l); 30 en la término “ordenanzas” inserta en el primer párrafo, II numerares 2, 3, y 4; 33 incs. b) en la frase: “ordenanzas y Resoluciones municipales” c) en la frase: “ordenanza municipal”, d) en el término: “e instrucciones”, p) en la frase: “y rural”, t) en el término: “ordenanzas y resoluciones municipales”, w), y), b) en la frase: “para su aprobación por el concejo municipal”, y f); 35 incs. a), y b); 36 incs. d) en las frases: “misma que está representada por las organizaciones de base acreditadas en el Municipio”, e) en las frases: “en consulta con las organizaciones de base acreditadas”, y g) frases: “y personas con capacidades diferentes”; 39 inc. g) frase: “oficiales”; 43.II en las frases: “La carrera Administrativa Municipal, se desarrollará mediante Ley Municipal”; 44; 45 inc. d); 46 en su segundo párrafo; 49; 50; 51; 52 enunciado “Se reconoce como alcances constitucionales de Control Social los siguientes” y todo el artículo referido; 53; 56 la frase: “o explotar recursos naturales”; 60 en la frase: “controla” del segundo párrafo; 61 en la frase el epígrafe: “hábitat y”; 67 en la frase del epígrafe: “Biodiversidad”, 68; 69; 71 en la frase: “Creará un Banco de Germoplasma de variedades nativas, para la atención oportuna en caso de desastres naturales” del último párrafo; 73 en su segundo párrafo; 75 en las frases: “apoyando la construcción de infraestructura para el Órgano Policial…” del segundo párrafo y la frase: “acreditación competencial” del epígrafe del Capítulo Segundo; 77; 78; 79.1; 80 en la frase: “con el Nivel Central” del epígrafe, la frase: “con el Nivel Central del Estado” del texto, y la frase: “departamental” del inc. a); 81 en la frase: “con el Nivel Central” del epígrafe, la frase “con el Nivel Central del Estado” del texto; 82 en la frase :“y regulará su revocatoria a tiempo de establecer los términos del convenio de delegación”; 83 en la frase: “sujeto a procedimientos específicos”; 84; 85; 87; 88; 89; 93 segundo párrafo; 94 frases: “personas con capacidades diferentes”; 96 segundo párrafo; 98; 99 incs. a) la frase: “Su disposición no compromete al Gobierno Autónomo Municipal al pago de indemnización alguna“, b), y c) en las frases: “ejercer el derecho de”; 100 en las frases: “bienes municipales y”; 105; 107 en las frases: “la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y esta Carta Orgánica Municipal”; 115; 116; 117; 119 en las frases: “que no estén establecidas en la normativa nacional” del segundo párrafo; 127; 129 en las frases: “con la presencia de sus Organizaciones Sociales y Funcionales,”; 132 segundo párrafo; 135 frase: “sobre los límites Al Norte con los Departamentos de Cochabamba y Santa Cruz. Al Sur con la Provincia Tomina (Dpto. Chuquisaca). Al Este con el Departamento de Santa Cruz. Al Oeste con la Provincia Zudáñez y Tomina (Dpto. Chuquisaca)”; 136 incs. a), b), d), y e); 138 en las frases: “a partir de su publicación oficial en la Gaceta”; y, finalmente el 140 en la frase del segundo párrafo “y/o Departamental”.