DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015

Fecha: 16-Jul-2015

“Artículo 16. Facultades Legislativas y Ejecutivas.-

I.     El Concejo Municipal es el órgano legislativo, compuesto por Concejalas y Concejales Municipales. Ejerce todas las facultades reconocidas por la Constitución Política del Estado como las de legislar, deliberar y fiscalizar; pudiendo para el ejercicio eficiente y responsable de estas facultades, aprobar normas e instrumentos técnicos de gestión y aplicar procedimientos legislativos en el marco de sus competencias exclusivas, compartidas”.