Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015
Fecha: 16-Jul-2015
Fragmento 81
El Concejo Municipal, tiene la responsabilidad de la Fiscalización del Órgano Ejecutivo, al efecto los actos deben ser abiertos, transparentes y públicos, sin perjuicio del Control Gubernamental realizado por la Contraloría General del Estado Plurinacional y los mecanismos institucionales establecidos por ley.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 3; 4; 5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- El Municipio de Serrano,
- “Artículo 3. Identidad del Municipio.-
- Fragmento 9
- Serrano como unidad territorial
- “Artículo 4. De la Autonomía Municipal.-
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Autónomo
- Control previo de constitucionalidad
- que en el numeral 3 del parágrafo I,
- en el parágrafo II, se pretende referir al Municipio como autónomo,
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- “Artículo 10. Derechos Autonómicos de los Habitantes del Municipio.-
- 2)
- compatibilidad
- En el caso de los incs. a, g, i,
- En el caso del inc. c, hoy numeral 2,
- En el caso del numeral 10 antes inc. l)
- 2. Ley Municipal.
- 3. Resolución Municipal.
- a)
- i) En el ahora art. 12
- ii) En el art. 13 adicionado.-
- a) El principio de jerarquía
- Fragmento 32
- y concurrentes.
- “Artículo 16. Facultades Legislativas y Ejecutivas.-
- Fragmento 35
- b)
- acusación formal
- procediéndose a su suplencia por una Concejala o Concejal elegido por el Concejo Municipal hasta la elección y posesión de la nueva autoridad mediante convocatoria siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de su mandato, si en el caso hubiere transcurrido, la o el suplente concluirá el periodo de mandato
- sentencia condenatoria ejecutoriada
- Fragmento 40
- incompatibilidad
- de acuerdo a la carta orgánica municipal
- Fragmento 43
- En el caso del hoy numeral 6,
- entendimiento que deberá seguirse a momento de aplicar la disposición referida a los Reglamentos Municipales.
- b, c, d, p, t, w, bb, y ff,
- “d.
- La Carrera Administrativa Municipal, se desarrollará mediante la Ley Municipal.
- compatible
- “Artículo 52. Alcances del Control Social.-
- “Artículo 53.- Límites del Control Social.-
- exclusiva en coordinación con los pueblos indígenas originarios campesinos y sistemas de riego conforme la competencia concurrente establecida en la Constitución Política del Estado
- Creará un Banco de Germoplasma de variedades nativas, para la atención oportuna en caso de desastres naturales
- Artículo 65. Desarrollo Productivo.-
- , apoyando la construcción de infraestructura para el Órgano Policial
- Artículo 69. Seguridad Ciudadana.-
- concurrentes o compartidas
- parágrafo II
- podrá ejercer
- serán asumidas gradualmente
- Artículo 72. Principios de la Asignación Competencial, Gradualidad y Progresividad.-
- con el nivel central
- sujeto a procedimientos específicos
- se operará también mediante convenios de delegación que deberán ser regulados y ratificados mediante los procedimientos ya establecidos
- Artículo 85. Materias o Competencias Adoptadas por la Carta Orgánica.-
- Artículo 87. Información y Participación del Servicio Estatal de Autonomías.-
- comunicará al Servicio Estatal de Autonomías respecto de las competencias transferidas y/o delegadas
- Artículo 82. Reconocimiento Municipal.-
- “…personas con capacidades diferentes…”
- Artículo 93. Régimen Laboral.-
- Artículo 87. Régimen Laboral.-
- Artículo 96. Patrimonio y Bienes Municipales.-
- “Artículo 98. Bienes de Dominio Público y Bienes de Dominio Privado.-
- “Restricciones Administrativas.-
- “Restricciones Administrativas.- Son las limitaciones que se imponen
- “Servidumbre Pública.-
- “Expropiaciones.-
- bienes municipales y
- la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y esta Carta Orgánica Municipal”
- “Artículo 100. Transferencias y Fondos.-
- Fragmento 81
- será directa, necesaria y concurrente
- “Artículo 110. Auditoría Interna.-
- con la presencia de sus Organizaciones Sociales y Funcionales,
- Fragmento 85
- 4. Disponer