DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015

Fecha: 16-Jul-2015

“Artículo 100. Transferencias y Fondos.-

Los recursos que se generan por participación en los ingresos tributarios nacionales procedentes de la explotación de recursos naturales renovables y no renovables y los de participación en fondos de desarrollo económico o de compensaciones, constituyen los Ingresos por Transferencia del Gobierno Autónomo Municipal; fondos que deberán ser transferidos en función a variables establecidas en la Constitución Política de Estado Plurinacional de Bolivia”.