DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2015

Fecha: 16-Jul-2015

de acuerdo a la carta orgánica municipal

A lo que contrariamente el estatuyente en la adecuación refiere que el Órgano Legislativo, está conformado por concejales elegidos conforme establece la Norma Suprema y las leyes, cuando en realidad no hace alusión expresa a la conformación del Concejo Municipal, contraviniendo al art. 284.II de la Norma Suprema puesto que prevé en su parte final: “En los municipios donde existan naciones o pueblos indígena originario campesinos, que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina, éstos podrá elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante normas y procedimientos propios y de acuerdo a la carta orgánica municipal ” (lasnegrillas son nuestras), de donde se colige que el proyecto de la Carta Orgánica debe precisar dicha participación de los representantes de los PIOC.