SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2015

Fecha: 21-Jul-2015

III.4.3. El principio de seguridad jurídica

La seguridad jurídica es concebida por el art. 178.I de la CPE, como un principio sobre el cual se sustenta la potestad de impartir justicia; si bien, se encuentra dentro del Título III respecto del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional y Segunda Parte relativa a la Estructura y Organización Funcional del Estado, de ningún modo implica que sea un principio limitado únicamente a la actividad jurisdiccional, sino que se hace extensivo a todos los actos de la vida jurídica. Al respecto, la SCP 0003/2013 de 3 de enero, afirmó: “En teoría constitucional, los principios de rango constitucional, son postulados directrices que hacen posible su aplicación en todos los ámbitos de la vida jurídica, configurándose por tanto como elementos guías de interpretación, con la misión de fundamentar el orden jurídico, supliendo así los vacíos existentes en el sistema jurídico.