SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2

Fecha: 06-Jul-2015

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Fernando Gamboa Loayza, apoderado y abogado de ENFE, en audiencia señaló que de las intervenciones de la parte accionante como del informe de las autoridades recurridas y del análisis de ambas posiciones, se puede ver claramente que no existe vulneración al debido proceso; por lo cual, las etapas y plazos procesales se cumplieron, el procedimiento penal siguió su curso tal cual tenía que ser, en ningún momento se prohibió o denegó el acceso al proceso como tal; por lo que, no existe vulneración a lo que se denomina “debido proceso”; en ese entendido, las etapas del proceso van precluyendo a medida que transcurre el tiempo, conforme a la Constitución Política el Estado, no se permite que los procesos vayan a otra instancia anterior; por lo que, se allana a los informes evacuados por las autoridades demandadas, en sentido de que no se conceda la tutela solicitada.