SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2

Fecha: 06-Jul-2015

II.3.

II.3.  Por memorial presentado el 20 de mayo de 2004, Mary Elizabeth Carrasco Condarco, en representación de ENFE interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista 110/2004, efectuando un fundamentación de agravios en forma individual para cada procesado y con relación los miembros del Directorio de ENFE entre los cuales se encuentran Luis Ramiro Arce Salcedo y Jorge Roberto Gisbert Bermúdez -ahora accionantes-, alegó que el art. 16 del Estatuto Orgánico de ENFE indica que los miembros del directorio tienen responsabilidad solidaria y mancomunada por las resoluciones que adopten y al dictar resoluciones aprobando los pliegos de licitaciones para la venta de los bienes de ENFE han tenido participación en los hechos delictivos que ocasionaron enorme daño económico a dicha Empresa, esto además de toda la prueba producida en el debate que no fue considerada. El Tribunal de apelación a tiempo de declarar la absolución de estos procesados no valoró adecuadamente la prueba producida infringiendo el art. 221 del CP, por no haber aplicado correctamente este precepto que prevé el art. 298.1 del CPP; por lo tanto, corresponde que se dicte sentencia condenatoria contra los procesados por el delito de contratos lesivos al Estado sancionándolos con la pena de cinco años de reclusión (fs. 157 a 161 vta.).