SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2

Fecha: 06-Jul-2015

II.1.

II.1.  El 19 de abril de 2002, la Jueza Cuarta de Partido en lo Penal Liquidadora del departamento de La Paz, emitió la Sentencia 40/2002, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y ENFE contra Germán Esteban Medrano Kreidler, Raúl Enrique Condarco Zenteno y otros, por la presunta comisión de los delitos de contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica y asociación delictuosa; declarando a GERMAN ESTEBAN MEDRANO KREIDLER autor del delito de contratos lesivos al Estado, sentenciándolo a sufrir la pena de privación de libertad de tres años a cumplir en la penitenciaria de San Pedro, al pago de daño civil y costas al Estado, absolviéndolo de pena y culpa de los delitos de asociación delictuosa y conducta antieconómica por existir solo prueba semiplena, a JOSE GONZALO URQUIDI FARFAN autor de los delitos de contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica, sentenciándolo a la pena de cinco años, al pago de daño civil y costas al Estado; a los miembros del Directorio de ENFE: RENE NAVAJAS MOGRO, LUIS RAMIRO ARCE SALCEDO, JORGE ROBERTO GISBERT BERMUDEZ -ahora accionantes los dos últimos-, RICARDO ARCIL MENACHO RIOS y FREDDY HEINRICH BALCAZAR, autores del delito de contratos lesivos al Estado, sentenciándoles a la pena de privación de libertad de tres años, al pago de daño civil y costas al Estado; absolviéndolos de pena y culpa del delito de conducta antieconómica por existir solo prueba semiplena. Aclarando que el Directorio es responsable solidaria y mancomunadamente por las resoluciones que adoptaron en el mismo; a RAUL ENRIQUE CONDARCO ZENTENO, autor de delito de conducta antieconómica, sentenciándolo a la pena de privación de libertad de cuatro años, absolviéndolo de pena y culpa de los delitos de contratos lesivos al Estado y asociación delictuosa, por existir en su contra solo prueba semiplena; a ZULEMA YAÑEZ RODRIGUEZ, autora del delito de conducta antieconómica, condenándola a sufrir la pena de privación de libertad de tres años, absolviéndola del delito de contratos lesivos al Estado, por existir en su contra solo prueba semiplena; a JESUS FREDDY NOGALES ROCABADO, autor del delito de conducta antieconómica, sentenciándolo a la pena de dos años, al pago de daño civil y costas al Estado, absolviéndolo de pena y culpa del delito de contratos lesivos al Estado, por existir en su contra solo prueba semiplena; a JOSE ISAAC ARDAYA CALDERON, se lo absuelve de pena y culpa de los delitos de contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica, por existir en su contra solo prueba semiplena; a RENE DAVID PEREIRA MOLINA, autor del delito de contratos lesivos al Estado, sentenciándolo a la pena de dos años, más el pago de daño civil y costas al Estado, absolviéndolo de pena y culpa del delito de conducta antieconómica por existir en su contra solo prueba semiplena; a WILLIE OVANDO ARTEAGA, se lo absuelve de pena y culpa por los delitos de contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica por existir en su contra solo prueba semiplena, a JULIO PORRAS CALDERON, autor directo de los delitos de conducta antieconómica y contratos lesivos al Estado, condenándolo a la pena de privación de libertad de cuatro años más el pago de daño civil y costas al Estado; a EDWIN CARVALLO ZAMBRANA, autor del delito de contratos lesivos al Estado y estelionato condenándolo a la pena de privación de libertad de cinco años, más el pago de daño civil y costas al Estado, absolviéndolo de delito de asociación Bdelictuosa, por existir en su contra solo prueba semiplena; a RODOLFO ZUNA VARGAS y GLORIA MEDRANO AMADO DE AZURDUY se los absuelve de penal y culpa por el delito de estelionato, por existir en su contra solo prueba semiplena (fs. 1 a 140).