SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S2

Fecha: 06-Jul-2015

III.4.  Análisis del caso concreto

En el caso presente, en ambas acciones, los accionantes estiman vulnerados sus derechos al debido proceso, en sus elementos a la defensa fundamentación motivación y congruencia, legalidad, seguridad jurídica y a la prohibición de reforma en perjuicio; alegando a este efecto, que dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público y ENFE por la presunta comisión de los delitos de contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica, asociación delictuosa y estelionato; las autoridades judiciales demandadas a tiempo de resolver los recursos de casación interpuestos por la Empresa querellante y algunos de los co-procesados, contra el Auto de Vista 110/2004, emitieron el Auto Supremo 136/2014 vulnerando de manera flagrante el derecho a la prohibición de reforma en perjuicio, al imponerles una sanción más gravosa, pese a que jamás interpusieron recurso de casación alguno porque fueron absueltos en apelación; así como, también lesionaron los principios de legalidad y seguridad jurídica, porque realizaron una valoración y omisión arbitraria de la prueba, sin obedecer los marcos de razonabilidad y equidad, por cuanto resolvieron una problemática penal con criterios de orden civil. Y finalmente, afirman que los demandados en el citado Auto           Supremo 136/2014, omitieron una correcta fundamentación y motivación jurídica y el principio de congruencia; al carecer este fallo de las razones suficientes y necesarias que expliquen por qué la decisión de modificar una pena de tres años que se les fue impuesta en la Sentencia 40/2002, en base a afirmaciones generales.

De lo expuesto se, tiene que ambos accionantes delimitan su acción de amparo constitucional a tres problemáticas; la primera, una presunta vulneración del derecho a la prohibición de reforma en perjuicio; la segunda, vulneración de los principios de legalidad y seguridad jurídica, porque en su concepto se realizó una valoración arbitraria de la prueba, sin obedecer los marcos de razonabilidad y equidad; y la tercera, una presunta falta de fundamentación, motivación y congruencia. En este sentido, a objeto de una mejor comprensión, se efectuará un análisis de los problemas jurídicos identificados de manera específica e independiente.