DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0178/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0178/2015

Fecha: 09-Sep-2015

Artículo 21. PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS DE ELECCION DE AUTORIDADES DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL

5. El procedimiento de elección del representante de los pueblos indígenas originarios y campesinos se lo realizara mediante el ejercicio de la democracia comunitaria en el Cabildo de Markas, bajo supervisión del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) y la Ley Municipal de Desarrollo Electoral.