DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0178/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0178/2015

Fecha: 09-Sep-2015

incompatibilidad

No obstante de lo referido, el art. 23 en revisión, prevé como causal de impedimento para el ejercicio de alcalde municipal, no haber cumplido 21 años al día de la elección, disposición que se entiende incompatible, conforme al análisis efectuado en el párrafo precedente; por lo que, se declara la incompatibilidad de la frase…“al día de la elección”, contenida en el art. 23 del proyecto con adecuaciones, debiendo el deliberante suprimirla, a efectos de compatibilizar el texto de dicha disposición normativa…