DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0178/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0178/2015

Fecha: 09-Sep-2015

Artículo 23. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL CARGO DE AUTORIDADES

No podrá ejercer el cargo de concejal o concejala, representante de los pueblos indígenas originarios y campesinos,  alcalde o alcaldesa municipal, quien tenga sentencia condenatoria ejecutoriada a pena privativa de libertad, pliego de cargo ejecutoriado, sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, Sentencia Ejecutoriada por procesos de violencia intrafamiliar, además de las previstas por  la normativa nacional”.