Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0155/2016 de 1 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0155/2016 de 1 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 01-Dic-2016

b)

b)   La naturaleza de este tipo de cuerpos normativos es genérica, de ahí el denominativo de “normas institucionales básicas”, por lo que no es exigible a ellas una regulación detallada de todos los aspectos de la gestión de la ETA, contrariamente es razonable pensar que su materialización precisará de una abundante legislación de desarrollo, esto considerando la complejidad de la gestión pública, en cuyo sentido este Tribunal Constitucional Plurinacional tampoco puede exigir especificidades en técnica legislativa, aspecto que tampoco le corresponde dilucidar a la justicia constitucional. Cabe añadir que la Constitución Política del Estado, que establece principios y se encuentra en la cúspide del ordenamiento jurídico nacional, desarrolla una jerarquía jurídica nacional básica, así se infiere del art. 410.II de la CPE; en todo caso esto el desarrollo de estos instrumentos normativos corresponderá a la legislación subnacional, y en el caso presente al Concejo Municipal de la ETA acorde con su realidad y crecimiento institucional; y,