SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

Fragmento 15

         Asimismo, solicitó se tenga como domicilio el último lugar donde cumplió funciones es decir en el Juzgado 6° de Instrucción en lo Penal Cautelar de la Capital, del Tribunal Departamental de Justicia” (sic); mismo que mereció la providencia de 5 de ese mes y año, que señala: “Tome nota la Auxiliar del Juzgado Disciplinario relativo al domicilio real del denunciado, no corresponde citar en el domicilio de su último lugar donde cumplió funciones judiciales, constituiría vulnerar derechos fundamentales, como el derecho a la defensa amplia e irrestricta, a no tener conocimiento de la denuncia (fs. 97 y vta.).