SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa, a la igualdad de las partes, al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de resolución y a la tutela judicial efectiva; por cuanto, mediante las Sentencias Disciplinarias 45/2015 de 1 de septiembre, 25/2015 de 8 de mayo; y, 55/2015 de 29 de septiembre, le sancionaron, como consecuencia de procesos seguidos en su contra de forma arbitraria e ilegal, cuyas actuaciones le fueron notificadas por edictos, pese que el Jefe de RR.HH. de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, certificó su domicilio de manera correcta, dejándolo, en consecuencia, en completa indefensión dentro de dichas acciones administrativas disciplinarias.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 15
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Configuración jurídica del derecho disciplinario judicial
- III.3. Incidente de nulidad en procesos disciplinarios de carácter judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- (Conclusión II.7.)
- (Conclusión II.8.).
- III.3.2. Respecto al caso 72/2014
- III.3.3. En relación al caso 68/2014
- CONFIRMAR