SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
II.5.
II.5. Por certificación 408/2014 de 1 de agosto, extendido por la Jefatura de RR.HH. de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, en atención al oficio 244/2014, emitido por Edwin Torrez Gómez, Juez Disciplinario de dicha Oficina, se acreditó que los datos del hoy accionante son Nombre y apellidos: Aldrin Villanueva Murillo, CI: 6201457 SC, Domicilio Urbanización, El Gallito, Manzano 9 número 23, Plan 300; mereciendo la providencia de 3 de septiembre de 2014, cuyo contenido dice: “Tome nota Srta. Oficial de Diligencias el domicilio real certificado” (sic). Mediante informe de 16 de octubre de igual año, Paola Roxana Chuquimia Medina, Auxiliar del Juzgado referido, indicó que: “…con el objetivo de realizar la diligencia de citación al denunciado Dr. Aldrin Villanueva, es que se tiene el domicilio real señalado mediante certificación N° 408/2014 RRHH teniendo como este Urbanización el Gallito Manzana 9, Nro. 23 Zona del Plan 3000. En fecha 15 de octubre del año en curso en horas de la mañana, me constituí en el domicilio indicado en busca del denunciado, sin embargo fui informada que el Dr. Villanueva no vive allí y al realizar la consulta a los vecinos sobre el domicilio del denunciado, estos indicaron que no saben donde vive. Motivo por el cual no pude realizar la diligencia encomendada por ley” (sic); mismo que mereció la providencia de 17 del citado mes y año, disponiéndose notificar la denuncia disciplinaria contra el accionante, mediante edictos (fs. 231 y vta; y, 214 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 15
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Configuración jurídica del derecho disciplinario judicial
- III.3. Incidente de nulidad en procesos disciplinarios de carácter judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- (Conclusión II.7.)
- (Conclusión II.8.).
- III.3.2. Respecto al caso 72/2014
- III.3.3. En relación al caso 68/2014
- CONFIRMAR