SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
revocar la Resolución Sancionatoria ya citada, dejando sin efecto el comiso definitivo del vehículo antes mencionado
Notificado el accionante con la Resolución Sancionatoria de Contrabando GROGR ORUOI SPCCR 114/2009, presentó recurso de alzada, emitiéndose la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0205/2013 de 18 de marzo, que determinó revocar la Resolución Sancionatoria ya citada, dejando sin efecto el comiso definitivo del vehículo antes mencionado; la referida determinación fue impugnada por la entidad demandada, pronunciándose la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0733/2013 de 11 de junio, que confirmó la Resolución de Alzada ya señalada, conforme se describió en las Conclusiones II.2. y II.3. del presente fallo constitucional.
Con base a la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0733/2013, el accionante solicitó su cumplimiento, pero la entidad demandada se rehusó cumplir, como se describió en las Conclusiones II.6. y II.6.1. de esta Sentencia Constitucional Plurinacional; en tal virtud, siendo que el accionante identificó como acto lesivo el incumplimiento de la mencionada Resolución de Recurso Jerárquico, corresponde a la jurisdicción constitucional analizar en el presente caso particular cuáles son los impedimentos que opone la autoridad demandada para no cumplir la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0733/2013 a los efectos de verificar su razonabilidad, y si ella afecta los derechos invocados por el accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- anuló la Resolución de Alzada
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.1.
- II.6.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el cumplimiento excepcional de las resoluciones administrativas por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional
- existe la posibilidad excepcional de que la justicia constitucional ordene el cumplimiento de una resolución administrativa
- III.2. Autoridad de Impugnación Tributaria
- III.3.1. Consideraciones previas
- ordenando a la Administración Aduanera, notificar a Faustino Sánchez Arébalo -hoy accionante- con la
- revocar la Resolución Sancionatoria ya citada, dejando sin efecto el comiso definitivo del vehículo antes mencionado
- primera objeción
- 2)
- en mandatos de restricción
- segundo
- tercer motivo
- cuarto argumento
- CONFIRMAR en parte
- 4° Por Secretaría General