DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2016

Fecha: 29-Jul-2016

debe declararse la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 62 del proyecto

La DCP 0155/2015 con referencia al art. 62 del proyecto de la carta orgánica, falló señalando que: “La presente disposición pretende establecer la definición de servidor público, ahora el art. 233 de la CPE, ya define de forma general sobre lo que es servidor público; si el estatuyente municipal pretende realizar una adecuación de dicho artículo, deberá cuidar la coherencia constitucional, en tanto no ocurra aquello, debe declararse la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 62 del proyecto de la carta orgánica” (las negrillas nos corresponden).