DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2016

Fecha: 29-Jul-2016

declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 107 del proyecto

La DCP 0155/2015, con referencia al art. 107 del proyecto de la carta orgánica, falló estableciendo que: “La disposición analizada, guarda relación con las atribuciones establecidas por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ‘Andrés Ibáñez’, en favor del Servicio Estatal de Autonomías (SEA); sin embargo, debe considerarse que la carta orgánica, es una norma institucional que tiene como ámbito de aplicación su jurisdicción municipal e institucional; de otro lado, el servicio estatal de autonomías, es una instancia técnica que depende del Ministerio de Autonomías, y éste a su vez del Órgano Ejecutivo Nacional; consecuentemente, la carta orgánica municipal, no puede establecer regulación para los instancias y entidades que dependen de órganos del nivel central del Estado, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 107 del proyecto de la carta orgánica” (las negrillas son nuestras).