DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2016

Fecha: 03-Ago-2016

el parágrafo I

Sobre el parágrafo I de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0049/2015, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún control previo de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Norma Suprema.

Sobre el parágrafo I de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0049/2015, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar control previo de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Ley Fundamental.

Sobre el parágrafo I de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0049/2015, procedió a suprimir el mismo; en consecuencia, no corresponde realizar el control previo de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Norma Suprema.

Sobre el parágrafo I de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0049/2015, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar el control previo de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Norma Suprema.