Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0110/2016 de 10 de agosto, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0110/2016 de 10 de agosto, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 130º (FOMENTO AL DESARROLLO).-

ARTÍCULO 130º (FOMENTO AL DESARROLLO).- El Gobierno Autónomo Municipal de Collana Norte, promueve el desarrollo rural integral sostenible en las Unidades Educativas fiscales en área rural y urbana. El municipio debe identificar y priorizar sus vocaciones productivas para la construcción del currículo educativo”.