Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0110/2016 de 10 de agosto, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0110/2016 de 10 de agosto, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 10-Ago-2016

ARTICULO 71º (ADMINISTRACION DE BIENES).-

ARTICULO 71º (ADMINISTRACION DE BIENES).- El Gobierno Autónomo Municipal de Collana Norte, establecerá los mecanismo y previsiones necesarias para la administración adecuada de sus bienes muebles e inmuebles en función a las normas correspondientes de administración de bienes establecidas por el Gobierno Central. Las expropiaciones de bienes inmuebles serán ante la declaración de necesidad pública fundamentada. El pago de los bienes inmuebles en expropiación será de acuerdo a un evaluó del precio comercial del bien”.