SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3

Fecha: 10-Oct-2017

En lo concerniente al derecho a la propiedad privada

En lo concerniente al derecho a la propiedad privada, si bien el art. 57 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece como límite de este la expropiación, la misma debe realizarse conforme a ley y previa indemnización justa, tal como señala el art. 122 de la Ley de Municipalidades (LM); por tanto, si no se actúa conforme a estas normas se vulnera dicho derecho, como ocurre en la presente causa, obligándolas a transferir su dominio privado, lo que resultaría viable siempre y cuando se cancele la correspondiente indemnización a partir de una segunda inspección in situ con la participación de personeros de la entidad demandada y sus personas, para así obtener la escritura traslativa de dominio, por lo que la actuación de la entidad demandada es arbitraria e ilegal al no establecer un precio justo ($us20.- por metro cuadrado), privándolas de la correspondiente retribución conforme a Derecho, debiendo tomarse en cuenta no el precio catastral sino el pericial.