Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3
Fecha: 10-Oct-2017
II.2.
II.2. Mediante nota de 2 de octubre de 2014 expedida por el Oficial Mayor de Desarrollo Económico Social del Gobierno Autónomo Municipal de Padilla a la ABC, se remitieron precios catastrales referenciales para la indemnización de terrenos a ser afectados por la construcción de la carretera Padilla-El Salto, oscilando los montos entre Bs0,38.- (treinta y ocho centavos de boliviano) y Bs4,80.- (cuatro bolivianos 80/100 bolivianos) por metro cuadrado (fs. 104 a 105).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En cuanto al derecho de petición
- Respecto al debido proceso
- simplemente solicitan el pago del justiprecio
- En relación a la tutela judicial efectiva
- Sobre el debido proceso en sus vertientes de legalidad y defensa
- En lo concerniente al derecho a la propiedad privada
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho de petición y los presupuestos generales para su tutela
- Fragmento 24
- Respecto al derecho de petición
- debiendo notificarse oportunamente con la misma al
- no existió proceso administrativo
- conceder
- REVOCAR