SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3
Fecha: 10-Oct-2017
Fragmento 2
En el Municipio de Padilla, provincia Tomina del departamento de Chuquisaca, la ABC -entidad ahora demandada- inició trámites de “expropiación” para la ejecución de la carretera Padilla-El Salto, por motivo de necesidad y utilidad pública, correspondiéndoles las carpetas “SU-16”. Al concluir dicho trámite sin que en la verificación in situ se contara con su presencia, se estableció una afectación de 1 292.48 m2 pertenecientes a Dapne Brenda Molina Villarroel, por el precio de $us20.- (veinte dólares estadounidenses) por metro cuadrado, siendo el total de $us25 849.- (veinticinco mil ochocientos cuarenta y nueve dólares estadounidenses); sin tomar en cuenta la existencia de ciento veinte árboles de durazno de más de dos años de vida, otras plantas y hortalizas, afectándose también el predio de Martha Virginia Villarroel Dávalos de Molina en 157,99 m2 con el costo total de $us3 159.- (tres mil ciento cincuenta y nueve dólares estadounidenses). No obstante, tras sufrir una variación por parte de los funcionarios técnicos de la entidad hoy demandada, estos determinaron la suma de Bs350.- (trescientos cincuenta bolivianos) por cada planta, que por las ciento veinte existentes darían un total de Bs42 000.- (cuarenta y dos mil bolivianos).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En cuanto al derecho de petición
- Respecto al debido proceso
- simplemente solicitan el pago del justiprecio
- En relación a la tutela judicial efectiva
- Sobre el debido proceso en sus vertientes de legalidad y defensa
- En lo concerniente al derecho a la propiedad privada
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho de petición y los presupuestos generales para su tutela
- Fragmento 24
- Respecto al derecho de petición
- debiendo notificarse oportunamente con la misma al
- no existió proceso administrativo
- conceder
- REVOCAR