SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3

Fecha: 10-Oct-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las accionantes denuncian como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, legalidad, seguridad jurídica, tutela judicial efectiva en su vertiente al acceso a la justicia y al recurso efectivo, a la justicia, a la doble instancia, a la defensa, a la propiedad privada, a la igualdad y a la garantía de impugnación, toda vez que la entidad demandada estableció un monto irreal e injusto por las carpetas SU-09 y SU-16 relativas a la liberación de sus predios para la construcción de la carretera Padilla-El Salto, y pese a haber solicitado nuevo avalúo y la inspección in situ con su participación, su pretensión fue denegada mediante notas ABC/GCH/RTE/2016-0572 y ABC/GCH/RTE/2016-0573, las cuales merecieron recurso de revocatoria, y posteriormente, al operar el silencio administrativo, presentaron recurso jerárquico, mismos que no fueron respondidos de manera fundamentada ni motivada por parte de la Gerente Regional demandada a través de la nota ABC/GCH/RJU/2016-0065, lo cual correspondía según el proceso administrativo activado por sus personas de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo y su Decreto Reglamentario. Asimismo, solicitaron complementación y enmienda sobre la decisión unilateral de la indicada Gerente Regional, toda vez que el recurso de revocatoria debió ser respondido por la misma y el jerárquico por el superior jerárquico, mereciendo la nota ABC/GCH/RJU/2017-0007 que fue notificada en la Farmacia Potosí sin adjuntar ninguna documentación.