SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2017-S3

Fecha: 10-Oct-2017

simplemente solicitan el pago del justiprecio

La Ley de Cargas-Uso de Carreteras -Ley 1769 de 10 de marzo de 1997- y el DS 25629 de 24 de diciembre de 1999, igualmente, el art. 4 de la Ley 3507 de 27 de octubre de 2006 que cataloga a los funcionarios de la entidad demandada como públicos, no implica que la ABC está exenta de la aplicación del procedimiento administrativo, cuya finalidad es emitir un acto administrativo siguiendo los pasos formales y estrictos, garantizando a los ciudadanos que el resultado será acorde a lo previsto por la Constitución Política del Estado y normas vigentes. En el presente caso, están de acuerdo con la expropiación y afectación de su derecho propietario, siendo que simplemente solicitan el pago del justiprecio, garantizándose de esa manera que la entidad demandada no actúe con arbitrariedad sino de acuerdo a los principios de unidad, contradicción, imparcialidad y oficialidad, al estar obligado a contestar formalmente una resolución de revocatoria y elevar el recurso jerárquico ante la autoridad nacional, la cual emitirá una resolución formal que corresponda en Derecho, lo contrario implicaría la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales.