SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2017- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2017- S1

Fecha: 10-Mar-2017

a)

La parte accionante, a través de su representante legal ratificó en su integridad la acción de defensa presentada; y, ampliándola señalaron que: a) Acerca del cuestionamiento de la legitimación pasiva por no haber incluido en la acción al Juez de primera instancia, se remarcó que la solicitud de tutela versaba sobre la restricción de derechos constitucionales, mediante el aludido Auto de Vista; por lo que, la Jueza indicada, no guardaba relación alguna y carecía de legitimación pasiva; b) Sobre la subsidiariedad, el Auto de Vista cuestionado, proviene de un recurso de apelación en efecto devolutivo sobre un auto interlocutorio simple (no definitivo); y, al ser esa su naturaleza, no era factible activar un recurso de nulidad o casación; c) Si bien la interpretación de la legalidad ordinaria no correspondía a la jurisdicción constitucional, sentencias como la SCP 0259/2014 de 12 de febrero, abrían dicha posibilidad señalando entre uno de los presupuestos para dicho efecto, era “la incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico“ (sic), que resultaba ser justamente lo que se observó a través de su acción tutelar; d) Los demandados, no consideraron el principio de legalidad previsto en el art. 180 de la CPE, que los obligaba a sujetarse a la Norma Suprema y las leyes; por lo que, correspondía que en el cuestionado Auto de Vista, actúen de conformidad a los arts. 2 y 63 del CPT, en lugar de aplicar directamente por supletoriedad el Código de Procedimiento Civil abrogado, además sin materializar el derecho de igualdad procesal entre las partes; e) No existía razón lógica que justificara otorgar un plazo mayor para interponer excepciones, que el otorgado para contestarlas; lo que implicó -a su criterio- la transgresión de la igualdad procesal; y, f) El Auto de Vista cuestionado, habilitó indebida e ilegalmente a la parte que fue demandada en el proceso laboral, para ejercer su defensa fuera del plazo previsto por la ley.